El pasado 19 de Julio se aprobó el anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio.
La noticia que ha salido en todas las televisiones induce a equívoco pues se informaba que la guarda y custodia compartida va a ser la norma, y podrá ser impuesta por el Juez. En realidad, si leemos el preámbulo de este Anteproyecto de Ley, se trata de que "se considera necesario concienciar a los progenitores sobre la necesidad de presentar y la importancia de pactar, en caso de ruptura o de no convivencia, un plan de ejercicio de la patria potestad, como corresponsabilidad parental, en relación con los hijos. Ese plan debe incorporarse al proceso
judicial (artículos 770 y 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), y será un instrumento para concretar la forma en que los progenitores piensan ejercer sus responsabilidades parentales, en el que se detallarán los compromisos que asumen respecto a la guarda y custodia, el cuidado y la educación de los hijos, así como en el orden económico. Sin imponer una modalidad concreta de organización."
En la práctica, este sistema ya es utilizado en mediación familiar, las parejas vienen a mediación porque así lo deciden, atraviesan un momento difícil como es la separación y piensan que debe haber algún modo de solucionar las cosas menos lesivo, sobre todo en interés de los hijos.
La noticia que ha salido en todas las televisiones induce a equívoco pues se informaba que la guarda y custodia compartida va a ser la norma, y podrá ser impuesta por el Juez. En realidad, si leemos el preámbulo de este Anteproyecto de Ley, se trata de que "se considera necesario concienciar a los progenitores sobre la necesidad de presentar y la importancia de pactar, en caso de ruptura o de no convivencia, un plan de ejercicio de la patria potestad, como corresponsabilidad parental, en relación con los hijos. Ese plan debe incorporarse al proceso
judicial (artículos 770 y 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), y será un instrumento para concretar la forma en que los progenitores piensan ejercer sus responsabilidades parentales, en el que se detallarán los compromisos que asumen respecto a la guarda y custodia, el cuidado y la educación de los hijos, así como en el orden económico. Sin imponer una modalidad concreta de organización."
En la práctica, este sistema ya es utilizado en mediación familiar, las parejas vienen a mediación porque así lo deciden, atraviesan un momento difícil como es la separación y piensan que debe haber algún modo de solucionar las cosas menos lesivo, sobre todo en interés de los hijos.
Los mediadores les decimos cuando vienen que ellos toman las riendas, asumen su responsabilidad para intentar llegar a acuerdos, y que cuando lo consiguen, como son ellos quiénes deciden, el porcentaje de cumplimiento es muy elevado, o dicho en términos judiciales, el porcentaje de litigiosidad es muy bajo.
Una vez que las parejas optan por venir a mediación, los mediadores tenemos como principal tarea preparar un entorno tranquilo y seguro, donde los padres puedan reajustar la vida familiar ante la nueva situación de separación, pensando ante todo en los hijos, y se olviden de palabras jurídicas como "custodia" o "régimen de visitas" y comiencen a hablar de pasar tiempo disfrutando y educando a sus hijos.
Y como suele decirse desde el ámbito de la medicina "es mejor prevenir que curar", la mediación cuanto antes se usa, mejor. Es decir, mejor antes que después de iniciado el procedimiento judicial, mejor antes, que una vez que tengamos que sentarnos a negociar el cumplimiento de la sentencia; mejor antes que cuando nuestro cónyuge nos esté reclamando dos años de pensiones de alimentos establecidos en la sentencia impagados.
El proceso de mediación es simple: nos sentamos alrededor de una mesa mediadores y padres, los requisitos son dialogar con respeto, negociar con buena fe, asumir nuestras responsabilidades y guardar la confidencialidad de todas las cuestiones y documentos que surjan encima de la mesa. Suele durar unas seis semanas, a razón de una reunión semanal, y tiene un coste bastante asequible que va desde los 60,00 a los 150,00 euros por sesión, o dicho de otro modo, de 30,00 a 75,00 euros por sesión y persona. Para las personas que no puedan asumir este coste hay entidades que ofrecen gratuitamente este servicio, por ejemplo, el Colegio de Abogados de Valencia lo ha hecho así desde abril del año pasado hasta el 1 de julio de 2013, y en la actualidad lo sigue ofreciendo si se cumplen determinados requisitos. Desde Amaina también ofrecemos este servicio sin coste para personas sin recursos.
Finalmente hay que recordar que la mediación no sustituye al abogado ni al juzgado, ya que todo lo que tenga que ver con la familia es de interés prioritario para el estado, pero sí allana el camino judicial, y sobre todo mejora las relaciones familiares, se potencia la corresponsabilidad parental, se beneficia a los hijos, y se produce un efecto expansivo al resto de ámbitos con los que se relaciona la familia: familia extensa, amigos y escuela.
Una vez que las parejas optan por venir a mediación, los mediadores tenemos como principal tarea preparar un entorno tranquilo y seguro, donde los padres puedan reajustar la vida familiar ante la nueva situación de separación, pensando ante todo en los hijos, y se olviden de palabras jurídicas como "custodia" o "régimen de visitas" y comiencen a hablar de pasar tiempo disfrutando y educando a sus hijos.
Y como suele decirse desde el ámbito de la medicina "es mejor prevenir que curar", la mediación cuanto antes se usa, mejor. Es decir, mejor antes que después de iniciado el procedimiento judicial, mejor antes, que una vez que tengamos que sentarnos a negociar el cumplimiento de la sentencia; mejor antes que cuando nuestro cónyuge nos esté reclamando dos años de pensiones de alimentos establecidos en la sentencia impagados.
El proceso de mediación es simple: nos sentamos alrededor de una mesa mediadores y padres, los requisitos son dialogar con respeto, negociar con buena fe, asumir nuestras responsabilidades y guardar la confidencialidad de todas las cuestiones y documentos que surjan encima de la mesa. Suele durar unas seis semanas, a razón de una reunión semanal, y tiene un coste bastante asequible que va desde los 60,00 a los 150,00 euros por sesión, o dicho de otro modo, de 30,00 a 75,00 euros por sesión y persona. Para las personas que no puedan asumir este coste hay entidades que ofrecen gratuitamente este servicio, por ejemplo, el Colegio de Abogados de Valencia lo ha hecho así desde abril del año pasado hasta el 1 de julio de 2013, y en la actualidad lo sigue ofreciendo si se cumplen determinados requisitos. Desde Amaina también ofrecemos este servicio sin coste para personas sin recursos.
Finalmente hay que recordar que la mediación no sustituye al abogado ni al juzgado, ya que todo lo que tenga que ver con la familia es de interés prioritario para el estado, pero sí allana el camino judicial, y sobre todo mejora las relaciones familiares, se potencia la corresponsabilidad parental, se beneficia a los hijos, y se produce un efecto expansivo al resto de ámbitos con los que se relaciona la familia: familia extensa, amigos y escuela.
Decididamente si el Anteproyecto de Ley consigue ver la luz sin modificaciones, va a ser un gran paso hacia la consecución de estos beneficios.
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